Guía de familia · 7 min de lectura
Cómo solicitar y revisar la liquidación de deuda de alimentos
Guía paso a paso para pedir la liquidación en la Oficina Judicial Virtual, entender la conversión a UTM y revisar posibles objeciones.
Respuesta breve
Lo esencial
La liquidación es el cálculo aritmético oficial que realiza el tribunal para determinar con exactitud cuánto se adeuda por concepto de alimentos, descontando los abonos registrados en la cuenta bancaria exclusiva y reajustando los montos según el valor de la UTM.
La cuenta bancaria exclusiva como respaldo central
Por disposición legal, la pensión de alimentos debe pagarse en la cuenta bancaria o instrumento equivalente dispuesto por el tribunal para el pago.
El tribunal solicita directamente las cartolas al banco o revisa los movimientos. Los pagos realizados fuera de esta cuenta o en efectivo no se presumen automáticamente como alimentos si no existe constancia expresa de su imputación.
Conversión obligatoria a Unidades Tributarias Mensuales (UTM)
La legislación chilena (Ley 21.389) estableció que las pensiones de alimentos deben expresarse en UTM para evitar que pierdan poder adquisitivo con la inflación.
Si tu sentencia o acuerdo antiguo estaba fijado en pesos chilenos o en porcentaje del ingreso mínimo, el tribunal debe convertir dicho monto al equivalente en UTM al momento de liquidar.
El plazo de 3 días para objetar la liquidación
Tanto el alimentante como la persona que tiene el cuidado de los hijos pueden objetar la liquidación dentro de los 3 días hábiles siguientes a su notificación electrónica.
Las objeciones sólo pueden basarse en errores de cálculo aritmético, abonos efectuados que no fueron considerados en la cartola bancaria o pagos no imputados debidamente acreditados.
Preguntas frecuentes
Dudas relacionadas
¿Qué significa que la liquidación esté «a firme» o ejecutoriada?
Significa que transcurrió el plazo de objeción sin que se presentaran reparos, o que el tribunal ya resolvió las objeciones planteadas. Con la liquidación a firme, se pueden pedir inmediatamente apremios y retenciones.
¿Puedo pedir la liquidación sin abogado?
Sí. En los Juzgados de Familia el trámite de cumplimiento de alimentos cuenta con formularios de fácil acceso en la Oficina Judicial Virtual que no exigen necesariamente patrocinio de abogado para la solicitud inicial.
Fuentes y revisión
Información oficial consultada
Autor: Equipo editorial ConLegal. Revisión jurídica profesional pendiente. Última actualización editorial: 25 de septiembre de 2026.